Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1940/2011-R
Fecha: 28-Nov-2011
II.1.
II.1. Por memorial presentado el 10 de diciembre de 2010, Seyla Emilia Toledo Cornejo, ahora accionante, acudió ante la Jueza de Instrucción en lo Penal de Vinto, solicitando la cesación de la detención preventiva (fs. 2 a 8), y por decreto de 23 de ese mes y año, la Jueza de Instrucción en lo Penal de Quillacollo, en suplencia legal, programó la correspondiente audiencia para el 22 de enero de 2011, a horas 9:50 (fs. 9).
- I.1.1
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- El informalismo
- presentación oral
- III.2. La celeridad en la tramitación de solicitudes vinculadas al derecho a la libertad
- III.3. El hábeas corpus traslativo o de pronto despacho
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR