Sentencia: 1838/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 1838/2010-R

Fecha: 10-Feb-2011

fundamentada,

En resumen, en el marco interpretativo efectuado por este Tribunal, el Fiscal General de la República puede suspender temporalmente a los fiscales, a través de una resolución fundamentada, mientras dure el proceso penal, cuando exista acusación formal dentro de un proceso penal en el que se ha desarrollado la etapa preparatoria y ha intervenido el Ministerio Público, con la aclaración que dicha suspensión es con goce de haberes, pues dicha posibilidad, por un lado, no está prevista expresamente en la Ley Orgánica del Ministerio Público, no pudiendo realizar interpretaciones restrictivas de la normas, pues ello afectaría los principios de taxatividad y reserva legal; por otro lado, si se dispusiera la suspensión sin goce de haberes, se lesionaría la garantía del debido proceso y la presunción de inocencia, así como el derecho a la defensa.

Por lo expuesto el Magistrado suscribiente considera que en el marco interpretativo efectuado por este Tribunal, el Fiscal General de la República puede suspender temporalmente a los fiscales, a través de una resolución fundamentada, mientras dure el proceso penal, cuando exista acusación formal dentro de un proceso penal en el que se ha desarrollado la etapa preparatoria y ha intervenido el Ministerio Público, con la aclaración que dicha suspensión es con goce de haberes, pues dicha posibilidad, por un lado, no está prevista expresamente en la Ley Orgánica del Ministerio Público, no pudiendo realizar interpretaciones desfavorables de las normas, pues ello afectaría los principios de taxatividad y reserva legal; por otro lado, si se dispusiera la suspensión sin goce de haberes, se lesionaría la garantía del debido proceso y la presunción de inocencia, así como el derecho a la defensa.