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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0025/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0025/2011-R

    Fecha: 07-Feb-2011

    “procedente”

    Los accionantes solicitan se declare “procedente” la acción y se conceda la misma, ordenando a la Jueza demandada, señalar audiencia en el día, para considerar la cesación a la detención preventiva de su representado y se deje sin efecto el sorteo efectuado por el sistema IANUS de la acusación del Ministerio Público al Tribunal de Sentencia.

    • recurso de hábeas corpus, ahora
    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • “procedente”
    • a)
    • Fragmento 5
    • improcedente
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
    • reparador
    • hábeas
    • III.2. La celeridad en las actuaciones procesales y el hábeas corpus         traslativo o de pronto despacho
    • III.3. El principio de celeridad y la dilación indebida en la tramitación de la solicitud de la cesación de la detención preventiva
    • un Juez a cargo del control jurisdiccional pueda resolver dicha solicitud aún ya se hubiera presentado la acusación, pero siempre que no se hubiera radicado la causa en un determinado tribunal
    • “No se puede desconocer que una solicitud de medidas cautelares, en el caso de cesación de la detención preventiva, está directamente vinculada con el derecho a la libertad que constituye un derecho fundamental,
    • III.5. Análisis del caso concreto
    • 2º

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