SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0033/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0033/2011-R

Fecha: 07-Feb-2011

3.-

3.- Los supuestos fácticos descritos en el Fundamento Jurídico III.2. de la presente Sentencia Constitucional, no se presentan en el problema jurídico planteado, dado que el accionante en ningún momento estuvo en estado de indefensión y tampoco se encuentra privado de libertad como resultado de un procesamiento indebido, al contrario, existe en su contra una acusación formal de parte del Ministerio Público sobre la cual se sustanciará el juicio oral, una vez que se conforme el Tribunal de Sentencia con la inclusión de jueces ciudadanos. Cabe recalcar que las presuntas irregularidades que denuncia como vulneración al debido proceso, no se encuentran vinculadas con su derecho a la libertad.

Conforme se manifestó en el referido Fundamento Jurídico, las lesiones al debido proceso que no se vinculen con el derecho a la libertad, deberán ser impugnadas en la jurisdicción ordinaria, ante el Juez o Tribunal de la causa, que se constituye en la instancia oportuna y eficiente para restablecer los derechos transgredidos, en caso de persistir, la vía expedita para su consideración y resolución es a través de la acción de amparo constitucional y no así por este medio de defensa.