Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0047/2011-R
Fecha: 07-Feb-2011
Fragmento 8
El accionante alega la vulneración de su derecho a la libertad física y de locomoción, por cuanto la autoridad demandada, dispuso mediante requerimiento de aprehensión ilegal, carente de la debida motivación y fundamentación, sea aprehendido; habiéndolo imputado posteriormente; y ante el Juez de Instrucción Mixto y cautelar de Betanzos, se dispuso su detención preventiva en el Centro de Rehabilitación de Santo Domingo de Potosí, donde se encuentra detenido.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- validez legal
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- improcedente
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.2.
- Fragmento 8
- III.1.
- Fragmento 10
- I.
- En los casos en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesal, es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos.
- III.3. Análisis del caso
- Fragmento 14
- APROBAR