SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0047/2011-R
Fecha: 07-Feb-2011
I.1.1. Hechos que la motivan
Habiéndose presentado el 18 de febrero de 2009, de manera voluntaria a las oficinas de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia del municipio de Betanzos, dando cumplimiento a la citación emitida por el Asesor Legal de dicha instancia, para supuestamente aclarar cuestiones de filiación, reclamadas por Cresencio Caba Quintanilla en representación de M.E.C.H, quien fue aprehendido por un funcionario policial que argumentó cumplir la orden de aprehensión, requerida por el Fiscal de Materia demandado, siendo conducido posteriormente a dependencias de la Policía de dicha población.
Relata que, con posterioridad a su ilegal aprehensión, fue imputado formalmente por la autoridad demandada ante el Juez de Instrucción Mixto y cautelar, sindicándolo por la comisión del delito de violación de una menor y solicitando su detención preventiva, misma que fue concedida, encontrándose detenido preventivamente en el Centro de Rehabilitación de Santo Domingo en Potosí.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- validez legal
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- improcedente
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.2.
- Fragmento 8
- III.1.
- Fragmento 10
- I.
- En los casos en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesal, es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos.
- III.3. Análisis del caso
- Fragmento 14
- APROBAR