SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0047/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0047/2011-R

Fecha: 07-Feb-2011

III.3. Análisis del caso

El accionante, arguye que el demandado ordenó su aprehensión en forma ilegal, por cuanto dicha orden adolece de fundamentación, conculcando lo establecido en el art.73 del CPP; no obstante que, en la audiencia de medidas cautelares, si bien hizo referencia a este aspecto; sin embargo no consta en obrados que el accionante hubiese reclamado al Juez de la causa, su detención ilegal desde el 18 de febrero de 2009; es decir, desde el momento de su aprehensión de horas.11:45 hasta 9:30 del 19 de febrero del mismo año, oportunidad que se celebró la audiencia de consideración de medidas cautelares. Solo cursa en obrados, a fs.12, una solicitud de fecha 18 de febrero de 2009, por la que solicita al Fiscal ahora demandado que el REJAP Registro Nacional de Antecedentes Penales (REJAP), le otorgue una certificación con referencia a sus antecedentes penales.