SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0057/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0057/2011-R

Fecha: 07-Feb-2011

Fragmento 5

Cesar Portocarrero Cuevas, Presidente del Tribunal Sexto de Sentencia, demandado, en audiencia indicó: 1) Si el accionante consideraba que una de las medidas sustitutivas impuestas era de imposible cumplimiento, debió hacer uso del recurso de apelación; 2) El proceso excedió su duración máxima por una causa atribuible a la norma procesal y no al órgano jurisdiccional, dado que no se pudo constituir Tribunal y el Código de Procedimiento Penal, señala que se debe remitir al siguiente en número; pues de aplicarse ipso facto la extinción de la acción penal sería desconocer la propia norma; y, 3) Solicitó se declare la improcedencia de la acción.