Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0109/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
I.2.1. Ratificación de la acción
El abogado del accionante, en uso de su derecho a la réplica, indicó que pese a que se interpuso un anterior recurso de habeas corpus, ahora acción de libertad, la situación de su defendido quedó incierta, rechazándose nuevamente su pedido por parte de la Jueza codemandada; dando como resultado que hasta esa fecha, hayan transcurrido seis meses sin que se haya podido concluir el trámite de cesación a la detención preventiva; encontrándose por ello, en una suerte de vaivén procesal en la cual ninguna de las dos instancias asume la prosecución del trámite.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- i)
- improcedencia"
- I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1.De la identidad de sujetos, objeto y causa en la acción de libertad, como causal de denegatoria
- aunque parcialmente
- III.2. Análisis del caso concreto
- concluida esta etapa y presentada la acusación, es competencia del juez o tribunal de sentencia que conoce la causa, tramitar las solicitudes sobre la aplicación o modificación de dichas medidas cautelares
- ordenar la tutela
- APROBAR