SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0109/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
III.2. Análisis del caso concreto
En el presente caso, se evidencia que: El accionante interpuso un primer recurso de hábeas corpus, hoy acción de libertad, el 15 de enero de 2009, dirigida contra Carlos René Roca Rivero y Lily Salazar Valverde, Jueces Técnicos del Tribunal Tercero de Sentencia del Distrito Judicial de Santa Cruz; alegando la vulneración de su derecho a la libertad, pese a que la Jueza Doceava de Instrucción en lo Penal y Liquidadora de ese Distrito Judicial, le había concedido la cesación de su detención preventiva, imponiéndole una fianza económica como medida sustitutiva, al pedir al Tribunal Tercero de Sentencia su sustitución por una fianza real, se le indicó que acudiera a la Jueza de la causa, cuando cualquiera de las instancias podían resolver su petición.
Por su parte, el 31 de marzo de 2009, formuló la presente acción de libertad, dirigida además de los Jueces Técnicos demandados en su anterior recurso, contra la Jueza Doceava de Instrucción en lo Penal Liquidadora, Esther Estrella Montaño Ocampo, denunciando de igual manera la lesión de su derecho a la libertad y que no obstante que la autoridad jurisdiccional le había concedido su libertad en la audiencia de cesación de detención preventiva, fijándole una fianza económica; al solicitar su sustitución por una fianza real, al haber radicado la causa por la acusación presentada, en el Tribunal Tercero de Sentencia, ambas instancias negaban considerar su petición, alegando que la otra era la competente, impidiendo con ello que pudiera obtener la cesación a su detención preventiva, que había sido otorgada.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- i)
- improcedencia"
- I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1.De la identidad de sujetos, objeto y causa en la acción de libertad, como causal de denegatoria
- aunque parcialmente
- III.2. Análisis del caso concreto
- concluida esta etapa y presentada la acusación, es competencia del juez o tribunal de sentencia que conoce la causa, tramitar las solicitudes sobre la aplicación o modificación de dichas medidas cautelares
- ordenar la tutela
- APROBAR