SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0118/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0118/2011-R

Fecha: 21-Feb-2011

no agotó los mecanismos ordinarios de reclamo de los actos que considera lesivos a sus derechos fundamentales, puesto que no interpuso el recurso de apelación contra la Resolución 0487/08 de 30 de junio de 2008, establecidos en los arts. 228 y 229 del CSS y art. 525 de su Reglamento

Sin embargo, al margen de los probables actos ilegales advertidos, de los antecedentes venidos en revisión se establece que la accionante no agotó los mecanismos ordinarios de reclamo de los actos que considera lesivos a sus derechos fundamentales, puesto que no interpuso el recurso de apelación contra la Resolución 0487/08 de 30 de junio de 2008, establecidos en los arts. 228 y 229 del CSS y art. 525 de su Reglamento, concordantes con el art. 107.5 de la Ley de Organización Judicial, vigente en la fecha de la emisión de la Resolución a ser impugnada, y que sobre las atribuciones de la Sala en materia del Trabajo y Seguridad Social, señala: “Conocer en grado de apelación las resoluciones pronunciadas por los Consejos Ejecutivos y organismos similares de las Cajas de Seguridad Social y Fondos Complementarios, sobre concesión de rentas”; no pudiendo pretender, subsanar ante este Tribunal, aspectos que eran propios del proceso y de los cuales no hizo uso, por cuanto la accionante no interpuso el recurso de apelación que la ley le otorga, y de esta manera agotar las instancias pertinentes para la protección de los derechos y garantías supuestamente vulnerados, por lo que, corresponde denegar la tutela sin ingresar al análisis de fondo de la problemática.