SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0142/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
tutela contra acciones o medidas de hecho cometidas por autoridades públicas o por particulares
En tal sentido, bajo el mismo entendimiento, la SC 0208/2010 de 24 de mayo, en un caso similar al que se analiza, razonó con respecto a la excepción del principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional, sostuvo que: “…el Tribunal Constitucional ha establecido en su jurisprudencia excepciones a los principios de subsidiariedad y de inmediatez del amparo constitucional, entre ellos se encuentra la tutela contra acciones o medidas de hecho cometidas por autoridades públicas o por particulares, entendidas éstas como los actos ilegales y arbitrarios que desconocen y prescinden de las instancias legales y procedimientos que el ordenamiento jurídico brinda, realizando justicia directa, con abuso del poder que detentan frente al agraviado, actos que resultan ilegítimos por no tener respaldo legal alguno y que por el daño ocasionado y la gravedad de los mismos, merecen la tutela inmediata que brinda el amparo por vulnerar derechos fundamentales.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- concedió
- I.3.Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica.
- III.2.El principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- tutela contra acciones o medidas de hecho cometidas por autoridades públicas o por particulares
- para la procedencia del amparo constitucional cuando es demandada por propietarios de inmuebles que sufran una lesión a su derecho a la propiedad por un despojo o avasallamiento de su posesión por actos o medidas de hecho protagonizados por terceros, sean éstos particulares
- cuando se atribuya a los demandados haber incurrido en vías de hecho y exista aceptación de los hechos denunciados por parte de estos,
- exista aceptación de los hechos denunciados por parte de estos
- APROBAR