Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0194/2011-R
Fecha: 11-Mar-2011
II.6.
II.6. Auto Supremo 181 de 31 de mayo de 2005, por el que la Sala Civil Segunda de la Corte Suprema de Justicia, anula obrados hasta fs. 134 vta. (del expediente original) inclusive, es decir hasta el estado en el que el a quo pronuncie nuevo auto concediendo la alzada y a la vez disponga su remisión en consulta como manda el art. 127 del Código de Procedimiento Civil (CPC).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- i)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- a)
- denegó
- I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Limites de la jurisdicción constitucional
- SC 0854/2010-R
- 3)
- En cuanto al pedido de revisión de la legalidad ordinaria:
- En cuanto a la valoración de la prueba:
- APROBAR