Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0222/2011-R
Fecha: 11-Mar-2011
II.5.
II.5. El representado de la accionante, mediante memorial de 6 de mayo de 2009, hizo conocer a la autoridad demandada que sus abogados defensores cuentan con impedimentos legales y objetivos, que hacen imposible su presencia en la audiencia, por lo que solicitó su suspensión; solicitud que fue denegada señalando que no presentó prueba alguna respecto a su solicitud y que la misma debió ser presentada con la debida oportunidad (fs. 5 y vta.).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- Fragmento 2
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Presupuestos para el establecimiento de la persecución indebida
- ) la búsqueda u hostigamiento a una persona con el fin de privarle de su libertad sin motivo legal o por orden de una autoridad no competente,
- III.2. Objetivo de la declaratoria de rebeldía y el emergente mandamiento de aprehensión
- III.3. El derecho a la defensa material y técnica
- III.4. Análisis del caso de autos
- REVOCAR