SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0245/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0245/2011-R

Fecha: 16-Mar-2011

cuentan con todos los derechos y medios impugnativos que el orden legal prevé

En ese sentido, no queda duda que el supuesto acto ilegal denunciado es el procesamiento indebido por existir -según indica- doble juzgamiento; empero, el mismo no guarda relación de causalidad directa con el derecho a la libertad física, y además no existe indefensión absoluta de parte de los accionantes, únicos presupuestos para su tutela a través de la acción de libertad; al contrario cuentan con todos los derechos y medios impugnativos que el orden legal prevé, como por ejemplo excepciones o incidentes al amparo de la previsión del art. 45 del CPP, u otros medios que mejor vieren conveniente; operando así, la subsidiariedad excepcional pues los accionantes tenían la potestad y el derecho de acudir ante el Juez cautelar del Distrito Judicial de La Paz, que tiene a su cargo el control jurisdiccional de la investigación y denunciar ante dicha autoridad las supuestas ilegalidades, a objeto de que con plenitud de jurisdicción y competencia tenga la posibilidad de reparar los mismos en caso de ser evidente la lesión de derechos denunciada por la citación efectuada por el Fiscal demandado a objeto de que presten su declaración informativa; empero, en lugar de actuar de esa manera, los accionantes directamente interpusieron la presente acción tutelar, desconociendo así los medios intraprocesales. Situación que impide ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada, y por ende corresponde denegar la tutela solicitada, con la aclaración respectiva.