Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0245/2011-R
Fecha: 16-Mar-2011
II.3.
II.3. Antecedentes sobre la denuncia formulada por Jhonny Delgado Mendizabal en su calidad de Director Nacional de Comunicación Social a.i., efectuada el 10 de marzo de 2009, en la ciudad de La Paz (fs. 202 a 217); asimismo, el 11 del mismo mes y año, hizo conocer al Juez de Instrucción en lo Penal de turno del Distrito Judicial de La Paz, el inicio de las investigaciones (fs. 218); de la misma forma se efectuaron las correspondientes citaciones, así como se recibieron las declaraciones del denunciante y de los testigos (fs. 219 a 267).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- SC
- SC 0023/2010-R
- SC 0105/2010-R
- se establecieron los supuestos de subsidiariedad excepcional del recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, cuando existan medios idóneos e inmediatos para impugnar el supuesto acto o resolución ilegal que vulnera el derecho a la libertad
- para que se abra la tutela que brinda esta acción, es preciso que previamente se determine si existen los medios de impugnación específicos e idóneos para restituir el derecho a la libertad en forma inmediata
- III.3. Análisis del caso concreto
- cuentan con todos los derechos y medios impugnativos que el orden legal prevé
- REVOCAR