SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0259/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0259/2011-R

Fecha: 16-Mar-2011

II.2.

II.2. Mediante memorial de 3 de diciembre de 2008, el accionante denunció detención indebida por actividad procesal defectuosa de su hijo menor de edad, ante el Juez Primero de Instrucción en lo Penal cautelar, señalando que el único Juez competente para conocer, dirigir y resolver los procesos que involucren a niños, niñas o adolescentes es el Juez de la Niñez y Adolescencia, por lo que se dispuso sin ninguna potestad la detención de su hijo menor de edad, pidiendo se expida mandamiento de libertad a su favor (fs. 26 a 27); por memoriales de 16 de diciembre de 2008 y de 5 de enero de 2009, el accionante solicitó al Juez de la causa se resuelva el incidente promovido (fs. 28 a 29).