SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0288/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0288/2011-R

Fecha: 29-Mar-2011

concedió

La Sala Penal Segunda de la Corte Superior de La Paz, constituida en Tribunal de garantías concedió la tutela invocada, ordenando que los demandados procedan a la inmediata desocupación de los terrenos y en caso de resistencia, se libre mandamiento de desapoderamiento contra cualquier persona que se encuentre ocupando esos terrenos y sea con auxilio de la fuerza pública en caso de resistencia, con los siguientes fundamentos: i) Los “recurrentes” han acreditado su derecho propietario con prueba idónea y conforme los requisitos establecidos por el Tribunal Constitucional en su línea jurisprudencial, dicho derecho no se encuentra cuestionado y que la ocupación de los “recurridos” no es legal; ii) Los “recurridos” alegan un derecho propietario controvertido de los accionantes, empero no acompañaron prueba suficiente que acredite ese extremo; iii) El derecho propietario de los “recurrentes”, no ha sido cuestionado en la vía legal y no existe demanda o sentencia que objete ese derecho, tomando en cuenta que el interdicto al que hacen referencia,  no tiene pertinencia; y, iv) La ocupación de los “recurridos” es arbitraria e ilegal, pues no existe título idóneo que justifique la ocupación de esos terrenos.