SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0293/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0293/2011-R

Fecha: 29-Mar-2011

actos u omisiones indebidas de servidores públicos  o de persona natural o jurídica

La acción de amparo constitucional prevista en el art. 128 de la CPE, ha sido instituida para preservar los derechos fundamentales y garantías de la persona ante actos u omisiones indebidas de servidores públicos  o de persona natural o jurídica, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir tales derechos reconocidos por la Constitución Política del Estado y las leyes, siempre que no hubiera otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los mismos.

La jurisprudencia constitucional ha establecido que la legitimación pasiva “…se adquiere por la coincidencia que se da entre la autoridad que presuntamente causó la violación a los derechos y aquélla contra quien se dirige la acción”. Así lo han establecido las SSCC 0255/01-R, 1349/2001-R, 0984/2002-R, 1590/2002-R, 0325/2001-R entre otras.