SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0293/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0293/2011-R

Fecha: 29-Mar-2011

i)

Por su parte, el Presidente del Tribunal de Honor, presentó informe escrito que cursa de fs. 62 a 64, manifestando que: i) El art. 76 del Estatuto, vigente desde el año 2005, prohíbe a los socios recurrir a instituciones y/o personas extrañas al           Club sobre aspectos vinculados a reclamaciones, casos o situaciones vinculadas al desenvolvimiento interno del Club; empero, el accionante interpuso amparo constitucional contra el Tribunal de Honor, que fue rechazado por la Sala Civil Tercera; y, ii) El Tribunal de Honor después de sopesar minuciosamente la conducta del accionante, que durante el periodo de suspensión de seis meses, primero hizo circular un primer libelo infamatorio calumniando al Presidente y Vocales del Tribunal de Honor del Club, luego recurrió a estrados judiciales y finalmente tuvo el atrevimiento de divulgar un segundo libelo en la asamblea de socios; en plena autonomía y sin injerencia de ningún socio o miembro del Directorio, determinó la separación definitiva del ahora acciónate por incumplimiento del art. 76 del Estatuto.