SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0321/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0321/2011-R

Fecha: 01-Abr-2011

1)

El accionante en representación de Eduarda León Azurduy, mediante su abogado ratificó los términos de su demanda y ampliando los fundamentos de la misma dijo: 1) Si bien el art. 161 del Código de Procedimiento Civil (CPC), en caso de que el depositario no exhibiere lo entregado en calidad de depósito el juez está facultado para librar el mandamiento e inmediatamente remitir antecedentes al Ministerio Público; 2) En el caso Eduarda León Azurduy ha pasado más de veinticuatro horas detenida y hasta la fecha lo único que hizo el Juez es librar el mandamiento y remitirla a la carceleta de Montero; y, 3) En un caso similar el juez a momento de ordenar el apremio ordena que se remitan antecedentes al Ministerio público dentro las veinticuatro horas para el juzgamiento respectivo.