SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0321/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0321/2011-R

Fecha: 01-Abr-2011

II.4.

II.4.   El Juez de Instrucción Mixto y cautelar mediante Auto dictado el 3 de junio de 2009, declaró la caducidad de la medida precautoria de secuestro dictada mediante Auto de 20 de mayo de ese año, dejándose sin efecto la misma, ordenándose la “restitución en el día bajo prevenciones de ley, de todos los bienes y productos entregados al momento de la ejecución del secuestro, conforme al inventario” (sic) (fs. 27 y vta.).