SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0337/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0337/2011-R

Fecha: 07-Abr-2011

II.3.

II.3.  Solicitada la complementación y aclaración de la Resolución de 17 de diciembre de 2008, por la parte ejecutada -la accionante por sus representados, en el amparo constitucional que se revisa- (fs. 267), el Tribunal de alzada, en Auto complementario, ratificó los fundamentos de la Resolución cuestionada e indicó que en virtud al art. 15 de la LOJabrg, tiene la facultad de anular obrados cuando en el proceso se vulneró el orden público (fs. 268).