SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0348/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0348/2011-R

Fecha: 07-Abr-2011

II.3.

II.3. El Oficial de Diligencias de la Sala Penal Segunda, el 21 de marzo de 2009 informó y representó al Tribunal de garantías, que no pudo practicar la citación con la presente demanda de amparo constitucional, porque en el domicilio de los demandados sólo se encontraba una persona de sexo masculino que no quiso identificarse, consecuentemente dejo preaviso y al día siguiente se constituyó nuevamente en dicho domicilio y no encontró a nadie (fs. 24), por providencia de 24 del mismo mes y año, se ordenó la citación de los demandados mediante cédula judicial y por edicto de prensa por una sola vez (fs. 25).