Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0350/2011-R
Fecha: 07-Abr-2011
acción de libertad,
En revisión la Resolución pronunciada dentro de la acción de libertad, presentada por René Sauciri Choque en representación sin mandato de Gualberto Cuéllar Paniagua y Víctor Manuel Vargas Cuéllar contra Ángel Sánchez Rivero, Juez de Instrucción de Warnes del Distrito Judicial de Santa Cruz; Enrique Barroso Melgar, Fiscal de Materia y Miguel Ángel Rodríguez Montaño, Director del Centro de Rehabilitación Santa Cruz “Palmasola”.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- Fragmento 3
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- a)
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- III.2. Sobre el carácter excepcionalmente subsidiario de la acción de libertad
- efectivos y oportunos de defensa
- empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
- III.3. Análisis del caso concreto
- el accionante debió efectuar sus reclamos ante el propio Juez cautelar,
- APROBAR