Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0350/2011-R
Fecha: 07-Abr-2011
El informalismo
Asimismo, la Constitución vigente mantiene las características esenciales del “hábeas corpus”: El informalismo, la ausencia de requisitos formales en su presentación; la inmediatez, la urgencia en la protección de los derechos que resguarda; la sumariedad, el trámite caracterizado por su celeridad; la generalidad no reconoce ningún tipo de privilegio, inmunidad o prerrogativa, y la inmediación, porque se requiere que la autoridad judicial tenga contacto con la persona privada de libertad.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- Fragmento 3
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- a)
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- III.2. Sobre el carácter excepcionalmente subsidiario de la acción de libertad
- efectivos y oportunos de defensa
- empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
- III.3. Análisis del caso concreto
- el accionante debió efectuar sus reclamos ante el propio Juez cautelar,
- APROBAR