SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0354/2011-R
Fecha: 07-Abr-2011
II.1.
II.1. El 1 de julio de 1999, la Empresa Constructora Unipersonal “VERCEC”, inició proceso ordinario contra la Alcaldía Municipal de Minero de la provincia Obispo Santisteban del departamento de Santa Cruz, demandando el cumplimiento de contrato de la construcción de la primera fase de la circunvalación de Minero y el pago de planilla de avance 3, correspondiente a trabajos realizados en diciembre de 1998, el mismo que fue radicado ante el Juez Octavo de Partido en lo Civil y Comercial, quién mediante Auto 266 de 9 de marzo de 2007, condenó el pago de intereses, que deben ser cancelados hasta el día de honrada la obligación, Resolución que al ser apelada, mereció el Auto de Vista el 7 de enero de 2008, dictado por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, confirmando los proveídos de 9 de noviembre de 2006, de 14 de marzo de 2007 y de 3 de abril del mismo año, que fueron dictados por el Juez Octavo de Partido en lo Civil y Comercial, con costas contra el apelante, omitiendo la intervención del Ministerio Público (fs. 17; 65 a 66).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El amparo constitucional no es la vía idónea para el cumplimiento de resoluciones dictadas en las acciones tutelares
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR