Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0399/2011-R
Fecha: 07-Abr-2011
II.3.
II.3. Documentos de fundación, solicitud de inscripción a la AFLP, recibos de pago de afiliación e inscripción, certificado de no tener deudas pendientes expedida por el tesorero de la referida asociación, lista de la nómina de socios presentada a la AFLP, solicitud de inscripción dirigida al Presidente de la AFLP del “Club Deportivo Coroico” de 27 de febrero de 2009 y carta de respuesta de 2 de abril de ese año, por la que el Gerente General de la AFLP pone en conocimiento el rechazo de la solicitud (fs. 54).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- Fragmento 3
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional como medio eficaz para la tutela de derechos fundamentales
- que no exista otro medio o recurso legal
- El Estado prohíbe y sanciona toda forma de discriminación
- SC 0125/2010-R
- En cuanto al debido proceso
- se encuentra constitucionalizado, consagrado como derecho fundamental
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR