SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0405/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0405/2011-R

Fecha: 14-Abr-2011

3) En cuanto a la vía idónea para la restitución de derechos

Afirma también que en el caso concreto, por existir vías de hecho, debe aplicarse la excepción a la subsidiaridad de la acción de amparo constitucional, siendo por tanto ésta la única vía idónea, efectiva e impostergable para el restablecimiento inmediato de sus derechos vulnerados por la autoridad administrativa demandada.