SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0405/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0405/2011-R

Fecha: 14-Abr-2011

evitar un daño o perjuicio irremediable

Ahora bien, este órgano contralor de constitucionalidad, ha desarrollado excepciones a la línea jurisprudencial antes señalada, entre las cuales se encuentra la protección directa de actos lesivos provocados por “vías de hecho”, así la SC 0864/2003-R de 25 de junio, señaló que : “…para evitar un daño o perjuicio irremediable, lo que supone que de no otorgarse la tutela al derecho o garantía constitucional vulnerados hay inminencia de un mal irreversible, injustificado y grave, que coloque al recurrente en un estado de necesidad, que justifica la urgencia de la acción jurisdiccional, ya que de continuar las circunstancias de hecho en que se encuentra el recurrente, es inminente e inevitable la destrucción de un bien jurídicamente protegido, lo que exige una acción urgente para otorgar la protección inmediata e impostergable por parte del Estado en forma directa” (las negrillas son nuestras).