Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0423/2011-R
Fecha: 14-Abr-2011
II.3.
II.3. Por Oficio 89/2009 de 12 de febrero de 2009, el Juez Tercero de Ejecución Penal del Distrito Judicial de Santa Cruz, hizo conocer al Director del Establecimiento Penitenciario “Centro de Rehabilitación Santa Cruz”, la Orden Instruida descrita en la Conclusión que precede, para que derive a su cumplimiento (fs. 47).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1 Ampliación de la acción
- a)
- I.2.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- procedencia
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y su carácter tutelar
- Fragmento 12
- los encargados de las prisiones a momento de recibir un mandamiento de libertad emanado de autoridad competente, están obligados a su cumplimiento inmediato, para no vulnerar los derechos y garantías del detenido
- III.3. Fundamentos de la tutela constitucional solicitada por el accionante
- III.3.1.
- ordenar la tutela
- 2°