SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0427/2011-R
Fecha: 18-Abr-2011
II.4.
II.4. Del informe del Investigador asignado al caso, Hugo Quispe Huanca remitido al Fiscal de Materia de turno, Jhonny Medrano B., se evidencia que el 25 de agosto de 2009 a horas 13:43, Israel Quiñones Arroyo interpuso denuncia contra Mauricio Jiménez Fuentes ante la FELCC, por la comisión del delito de hurto de sello, ocurrido el 20 del mismo mes y año a horas 15:00, quien el día de la denuncia recién identificó plenamente al sindicado, cuando se presentó en su oficina en calidad de abogado defensor, llamaron de inmediato al Jefe de Seguridad de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, el que procedió al arresto del denunciado y le trasladó a dependencias de la FELCC (fs. 9). Hecho corroborado por la declaración informativa de la víctima, realizada el mismo 25 de agosto a horas 13:43 (fs. 10).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- 1)
- “improcedente”
- I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Legitimación pasiva en las acciones de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- ordenar la tutela
- APROBAR