Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0439/2011-R
Fecha: 18-Abr-2011
objeto
Finalmente, en cuanto al objeto, en el primer amparo solicitó se declare procedente la acción de libertad y se disponga su inmediata libertad y la aplicación de medias sustitutivas a la detención preventiva que vean convenientes, en la segunda acción solicitó se deje sin efecto la Resolución de detención preventiva de 3 de abril y el Auto de Vista 15 de mayo, ambas de 2009, ordenando su inmediata libertad y que se restablezcan las formalidades legales, por lo que existe coincidencia de objeto, teniendo en cuenta que en ninguno de los dos casos se podría disponer la libertad inmediata del accionante sin antes dejar si efectos las Resoluciones que dispusieron su detención preventiva.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- i)
- 1)
- a)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -bien jurídico primario y fuente de los demás derechos del ser humano-
- El informalismo
- presentación oral
- III.2.
- los sujetos
- objeto
- improcedente”
- APROBAR