Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0515/2011-R
Fecha: 25-Abr-2011
II.3.
II.3. Por certificaciones de 28 de mayo de 2009, emitidas por el Director Departamental de Responsabilidad Profesional de Pando y por el Tribunal Disciplinario Departamental de Pando, ambos de la Policía Boliviana, se indica que no se encuentran registrados antecedentes disciplinarios contra los accionantes (fs. 24 y 25).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- III.1. De la naturaleza subsidiaria que caracteriza a la acción de defensa ahora examinada
- la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- Fragmento 11
- III.2.Análisis de la problemática planteada
- “conceder”
- APROBAR