SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0528/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0528/2011-R

Fecha: 25-Abr-2011

el ahora demandado a tiempo de ejecutar el mandamiento en cuestión, extralimito sus facultades

Tal como se tiene señalado en el Fundamento Jurídico III.1. de esta Sentencia, la autoridad jurisdiccional que conoce el caso en materia familiar en la que se haya sustanciado asistencia familiar, tiene facultad de librar el  mandamiento de apremio correspondiente ante el incumplimiento de una obligación, por lo que el funcionario policial que esté encargado su ejecución, debe circunscribir sus actos respecto a este; empero, dentro de los límites legales. Circunstancia que no ocurrió en el caso que nos ocupa, puesto que el ahora demandado a tiempo de ejecutar el mandamiento en cuestión, extralimito sus facultades, al haber ejecutado un mandamiento de apremio sin facultad de allanamiento, al interior del domicilio del accionante en oportunidad en que se encontraba almorzando, de tal manera que irrumpió su domicilio a objeto de apremiarlo, sin tener facultad para dicho acto.