SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0537/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0537/2011-R

Fecha: 29-Abr-2011

I.1.1. Hechos que la motivan

En la evaluación reservada a la Comisión Calificadora se determinó que la propuesta presentada por la Asociación Accidental “Gradiente y Asociados” cumplió con todos los requisitos establecidos en el Decreto Supremo (DS) 29190 y el DBC que reglan el proceso de licitación y por ello emitieron informe recomendando la adjudicación a su Asociación, que motivó que el Alcalde Municipal de Villa Montes pronuncie la Resolución Administrativa (RA) de adjudicación OMDH RPC-010/2009 que aprobó el aludido informe, adjudicando la obra en licitación a la Asociación que representa.

En virtud a la RA de adjudicación OMDH RPC-010/2009, dentro de plazo, procedió a presentar los documentos requeridos para la firma del contrato sin que los mismos hayan sido observados y/o se le hubiera pedido la presentación de documentos adicionales, habiendo sido remitidos al Concejo Municipal de Villa Montes, “el 13 de abril” por el Alcalde Municipal para su consideración y aprobación, momento a partir del cual comenzaron a suceder una serie de acontecimientos que dieron lugar a la presentación de la acción de amparo, debido a que el Concejo Municipal de Villa Montes devolvió antecedentes y el contrato sin aprobar, adjuntando como descargo el informe de la Comisión Jurídica 55/2009 de “22 de abril”, en el que sin determinaciones claras aconseja la no aprobación del contrato.