SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0537/2011-R
Fecha: 29-Abr-2011
II.1.
II.1. Consta Resolución de adjudicación OMDH RPC 010/2009 de la licitación pública nacional OMDH LP-03/2009, emitida el 5 de marzo, por el Responsable del Proceso de Contratación por el que resuelve aprobar el informe técnico de la Comisión de Calificación y adjudicar la “Construcción Unidad Educativa Santa Clara” a la Asociación Accidental “Gradiente y Asociados”, representada por Richard Oscar Alvarez Gozalvez, por el monto de Bs10 123 231,84 (diez millones ciento veintitrés mil doscientos treinta y un 84/100 bolivianos) (fs. 3 a 4), a cuya consecuencia el RPC a momento de poner a conocimiento del representante legal de la aludida empresa la adjudicación de la obra en su favor, a través de fax enviado el 17 de marzo de 2009, le comunicaron su obligación de presentar, en el plazo de diez días, su documentación original respaldatoria para la firma del contrato, de acuerdo a lo establecido en el DBC (fs. 85).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. De los actos libre y expresamente consentidos
- Fragmento 15
- III.3. Del caso concreto
- denegado
- APROBAR