SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0538/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0538/2011-R

Fecha: 29-Abr-2011

ii)

ii)    En ese orden, cabe enfatizar que en el fundamento central de la pretensión del accionante, circunscrito a la errónea aplicación de la norma procesal penal, no se hizo alusión causal de la presunta comisión del acto lesivo y la restricción del derecho a la libertad invocado, al no identificar con claridad qué criterios o principios interpretativos no fueron empleados u omitidos en la labor hermenéutica de las autoridades judiciales demandadas y que hubieran concluido en un fallo diferente al evacuado. Al respecto la jurisprudencia constitucional destaca:"Si bien, entonces, la justicia constitucional puede analizar la interpretación de la legalidad ordinaria en los supuestos anotados; empero, de conformidad a la SC 0085/2006-R de 25 de enero, es imprescindible que el recurrente fundamente en su recurso, ahora acción, qué valores o principios supremos fueron desconocidos, qué métodos o criterios de interpretación no fueron aplicados y qué derechos o garantías fueron vulnerados y por qué motivos, siendo necesario además, que el accionante explique a qué resultado se hubiera llegado si la interpretación se efectuaba de diferente manera, conforme al siguiente razonamiento:

       '1. (…) por qué la labor interpretativa impugnada resulta insuficientemente motivada, arbitraria, incongruente, absurda o ilógica o con error evidente, identificando, en su caso, las reglas de interpretación que fueron omitidas por el órgano judicial o administrativo, y 2. Precise los derechos o garantías constitucionales que fueron lesionados por el intérprete, estableciendo el nexo de causalidad entre éstos y la interpretación impugnada; dado que sólo de esta manera la problemática planteada por el recurrente, tendrá relevancia constitucional'" (negrillas añadidas) (SC 1209/2010-R de 6 de septiembre).