Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0538/2011-R
Fecha: 29-Abr-2011
II.1.
II.1. A fs. 9 y vta., cursa la Resolución 127/2009 de 12 de octubre -impugnada en esta acción-, a través de la cual, los Vocales de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, confirmaron la Resolución 137/2009 de 4 de agosto, por la que se rechazó la solicitud de cesación de la detención preventiva de Antonio Quispe Coromi.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- "improcedente"
- I.3.Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de la acción de libertad: Su triple carácter tutelar
- la acción de libertad sólo es procedente cuando el acto lesivo se encuentra estrechamente vinculado con el derecho a la libertad, como causa directa; es decir, con su restricción, supresión o amenaza de estas lesiones y en el supuesto de evidenciarse absoluto estado de indefensión;
- III.2. Análisis de las circunstancias del caso concreto
- i)
- ii)
- iii)
- ordenar la tutela
- APROBAR