SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0540/2011-R
Fecha: 29-Abr-2011
II.1.
II.1. Según imputación formal de 31 de agosto de 2009, el Ministerio Público representado por la Fiscal demandada, atribuyó al accionante la presunta comisión de los delitos de falsedad material y contratos lesivos al Estado, al concurrir los presupuestos establecidos en los arts. 233, 234 incs. 1 y 2; y, 235 incs. 1 y 2 del CPP, solicitó la aplicación de la medida cautelar personal de detención preventiva, por encontrar suficientes elementos de convicción de su participación en el contrato de arrendamiento de 28 de mayo de 2008, en el que aparecen firmando los imputados Freddy Poma Terrazas y Eduardo Jaimes Orellana como arrendatarios de predios de ENFE y su posterior protocolización en la ciudad de La Paz (fs. 2 a 4 vta.).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- III.2. El debido proceso y su tutela a través de la acción de libertad
- III.3. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- Lo propio si está referido a cuestiones lesivas a derechos fundamentales relacionados a actividad procesal defectuosa, o relacionado al debido proceso, casos en los cuales se debe acudir ante la autoridad judicial que conoce la causa en ese momento procesal,
- Respecto de la no vinculación con el derecho a la libertad
- Respecto de la subsidiariedad excepcional
- Respecto de la terminología utilizada en la parte dispositiva