SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0559/2011-R
Fecha: 29-Abr-2011
II.3.
II.3. Contra ese Auto de Vista, ambas procesadas plantearon recurso de casación el 18 de abril de 2007, alegando que el Tribunal de alzada: 1) Revalorizó elementos de juicio ya examinados y valorados por el Tribunal de Sentencia,; 2) Procedió ultra petitta al realizar una calificación legal; 3) Si el Ministerio Público consideraba que el juicio oral se llevó a cabo con errores de procedimiento, debió solicitar saneamiento procesal mediante el recurso de reposición y ante su negativa realizar la reserva de apelación restringida, lo que no ocurrió, porque el procedimiento se desarrolló dentro del marco legal; 4) No se observó la doctrina legal de los precedentes contradictorios; 5) El Ministerio Público, a tiempo de plantear su apelación, no cumplió con la cita y por separado de las disposiciones legales que consideraba violadas o erróneamente aplicadas, tampoco expresó la aplicación que pretendía, y, 7) Invocó doctrina no concordante ni uniforme y menos vinculante para ningún órgano jurisdiccional del país porque no forma parte del bloque de constitucionalidad (SC 1662/2003-R de 17 de noviembre) (fs. 465 a 470 vta.). Recurso declarado admisible por la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, mediante Auto Supremo 004 de 8 de enero de 2009 (fs. 704 y vta.).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- i)
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la identidad de objeto, sujeto y causa
- III.2. Sobre la interposición de una acción constitucional estando pendiente la resolución de una anterior
- III.3. Sobre el debido proceso vinculado al derecho a la libertad
- III.4.1. Sobre la identidad de objeto, sujeto y causa
- III.4.2. Sobre el estado absoluto de indefensión
- ordenar la tutela
- REVOCAR