SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0572/2011-R
Fecha: 03-May-2011
REVOCAR en parte
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, que modifica los arts. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 12/2009 de 3 de octubre, dictada por el Juez Tercero de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz; cursante de fs. 21 a 24; y, en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada y en caso de que a la fecha no se hubiera definido la situación jurídica a raíz de la solicitud de cesación de detención que motivó la presente acción tutelar, se mantiene la determinación del Juez de garantías para que en el plazo de cuarenta y ocho horas, se devuelvan obrados al Tribunal Cuarto de Sentencia y se celebre dentro de dicho término la audiencia de consideración a la solicitud de modificación de la medida de detención preventiva.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Finalidad y alcances de la acción de libertad
- III.2. La celeridad en las actuaciones procesales y la acción de libertad
- III.3. De la celeridad procesal en las decisiones vinculadas al derecho a la libertad
- dilación indebida
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte