SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0585/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0585/2011-R

Fecha: 03-May-2011

b)

b) La SC 0888/2006-R, señala respecto al art. 35 de la Ley de Organización Judicial (LOJ), que la competencia se abre en consideración del lugar donde se cometen los actos ilegales u omisiones contra la libertad. En ese entendido en aplicación del art. 44 de la “Ley 1836”, el mandamiento de aprehensión fue emitido en la ciudad de La Paz, por lo que de acuerdo con la competencia de dichos “recursos” establecidos por el Tribunal Constitucional, las autoridades de la ciudad de La Paz son las competentes para conocer la presunta acción, y que en caso de existir un pronunciamiento distinto a lo establecido en el Tribunal Constitucional, se estaría violando el sentido de vinculatoriedad.