Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0637/2011-R
Fecha: 03-May-2011
II.1.
II.1. Emitida la convocatoria por el Ministerio de Educación y Culturas, para Institucionalización de Cargos Directivos, Docentes, y Administrativos de los Centros de Formación Docente, Convocatoria Pública 007/07, se evidencia que en la misma se encontraba el cargo al cual se postuló la actual accionante, que entre sus requisitos para docentes exigía tener no menos de ocho años de servicio en el Servicio de Educación Pública, ni menos de 150 puntos de méritos y estar en Segunda Categoría. (fs. 2 y 3 y vta).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- A)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- 5)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Los actos consentidos libre y expresamente como una forma de respeto al desarrollo de la personalidad y su consecuencia jurídica
- actos
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR