Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0637/2011-R
Fecha: 03-May-2011
II.2.
II.2. De fs. 4 a 7 vta., cursa el Reglamento de la Convocatoria 007/07: Institucionalización de Cargos Directivos, Docentes y Administrativos de los Centros de Formación Docente, que señala los requisitos indispensables para la postulación; entre los relativos al cargo de la accionante, refiere tener no menos de ocho años de servicio en Educación Pública, ni menos de 150 puntos de méritos y/o estar en Segunda Categoría.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- A)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- 5)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Los actos consentidos libre y expresamente como una forma de respeto al desarrollo de la personalidad y su consecuencia jurídica
- actos
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR