Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0680/2011-R
Fecha: 16-May-2011
2º
2º Al haber transcurrido un tiempo considerable desde la otorgación de la tutela y la revisión de oficio del presente caso, por situaciones no imputables a las partes ni a este Tribunal; en aplicación del art. 48.4 de la LTC corresponde dimensionar los efectos de la presente Sentencia Constitucional, quedando subsistente los actos y resoluciones procesales emergentes de la resolución del Juez de garantías, que concedió la tutela.
- acción
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- “concedió”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- SC 0791/2010-R
- III.2.
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- SC 0622/2010-R
- SC 1035/2010-R
- III.3. Análisis del caso concreto
- Resolución Municipal 054/2008 de 26 de diciembre
- debió haber impugnado esas determinaciones ante el mismo Concejo Municipal solicitando su reconsideración
- SC 0512/2010-R
- 1º REVOCAR
- 2º