Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0692/2011-R
Fecha: 16-May-2011
I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
Celebrada la audiencia pública el 17 de noviembre de 2009, según consta en el acta cursante de fs. 65 a 69 de obrados, se encontraron presentes el accionante, asistido de su abogado y las autoridades demandadas, Ricardina Aruni Valencia, Jueza de Instrucción de Chulumani del Distrito Judicial de La Paz; y Luis Ferrufino Castellón, Fiscal de Materia; excepto la Gobernadora del Centro de Orientación Femenina; y ausente el representante del Ministerio Público, se produjeron los siguientes actuados:
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- 1)
- i)
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos
- Cuando existe imputación y/o acusación formal, y se impugna una resolución judicial de medida cautelar que; por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada
- III.2. Análisis del caso concreto
- antes de acudir directamente a la acción de libertad debieron utilizar los mecanismos legales efectivos de protección que tenía expeditos, conforme al código de Procedimiento Penal, circunstancia que en aplicación de la jurisprudencia citada en el Fundamento Jurídico precedente determina se deniegue la tutela solicitada, sin ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada
- 2º
- 3º