SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0692/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0692/2011-R

Fecha: 16-May-2011

III.2. Análisis del caso concreto

El accionante denuncia los presuntos actos ilegales del Fiscal de Materia, de la Jueza de Instrucción de Chulumani del Distrito Judicial de La Paz y de la Gobernadora del Centro de Orientación Femenina de Obrajes, señalando que entre el 30 y 31 de octubre de 2009; es decir, que en cuarenta y ocho horas procedieron a citarlas para que presten sus declaraciones informativas, aprehendieron a Florencia Vino Caza, las imputaron, se llevó la audiencia de medidas cautelares, se dispuso su detención preventiva y se las recluyó en el Centro de Orientación Femenina de Obrajes, por lo que, considera que se vulneró los derechos de sus representadas a la libertad personal y que existe un procesamiento indebido.

Del análisis de los datos procesales que cursan en obrados se establece que las imputadas fueron objeto de detención preventiva ordenada por Ricardina Aruni Valencia, Jueza de Instrucción en lo Penal de Chulumani del Distrito Judicial de La Paz, como resultado del proceso penal incoado en su contra por Julio Vásquez “Aquice” por la presunta comisión de los delitos de asesinato, lesiones gravísimas y amenazas, en el que el Fiscal de Materia presentó imputación formal y solicitud de aplicación de medidas cautelares; empero, los actos irregulares que se reclaman no fueron expuestos o reclamados a la Jueza cautelar, como tampoco se recurrió de apelación conforme a lo previsto por el primer párrafo del art. 251 del CPP, que a la letra dice: “La resolución que disponga, modifique o rechace las medidas cautelares, será apelable, en el efecto no suspensivo, en el término de setenta y dos horas”; no siendo evidente, el argumento que expone la Jueza de garantías, al señalar que al haberse notificado con las medidas cautelares por su lectura, se les causó indefensión y se les impidió que puedan formular el recurso correspondiente; porque, como la propia Jueza lo reconoce, las imputadas han sido notificadas en audiencia, además que se les advirtió expresamente que tenían setenta y dos horas para interponer el recurso de apelación incidental.