SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0705/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0705/2011-R

Fecha: 16-May-2011

Fragmento 4

Greddy Ocampo de Miranda, mediante informe escrito leído en audiencia, señaló que el lote de terreno que supuestamente es propietaria la ahora accionante, se encuentra absolutamente individualizado desde el mismo inicio del embargo, de 21 de junio de 1999, pues de acuerdo al acta de embargo, se designó como depositario al ahora abogado de la accionante, en consecuencia es falso lo alegado por la accionante al pretender hacer creer que no conocía nada del proceso, pues de acuerdo a las pruebas que adjuntó, se puede establecer la participación de la accionante en el proceso, por lo que el hecho de no haberse resuelto los incidentes a su favor, no significa una lesión a su derecho a la defensa, al debido proceso o a la propiedad privada, en ese entendido, la accionante a través de la presente acción, lo único que pretende es dilatar la ejecución del mandamiento de desapoderamiento, pues si alega mejor derecho propietario sobre el lote objeto de la litis, tiene otros medios legales para hacer valer su supuesto derecho, que no corresponde a la acción de amparo constitucional, tal cual indica la amplia jurisprudencia constitucional.