Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0705/2011-R
Fecha: 16-May-2011
II.2.
II.2. De fs. 112 a 116, cursan memoriales que la accionante presentó dentro del proceso civil (ejecutivo), ante la Juez Segundo de Instrucción de Montero, apersonándose y planteando tercería de dominio excluyente en ejecución de sentencia el 3 de julio de 2003, que a continuación fue retirada por la ahora accionante mediante memorial de 12 de julio de 2003. Y posteriormente, acreditando su derecho propietario, en la vía incidental solicitó la nulidad del acta de embargo y cancelación de anotación preventiva del inmueble objeto de la litis, mediante memorial de 8 de noviembre de 2003.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ampliación de la acción
- Fragmento 4
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- Fragmento 13
- a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación y
- las autoridades de la justicia ordinaria, no pudieron pronunciarse respecto a la problemática
- los cuales a la fecha se encuentran en trámite, pues por una parte ha impugnado la Resolución 933/2002 de 19 de noviembre, que rechaza el primer incidente de nulidad de obrados que interpuso y finalmente ha interpuesto recurso de reposición bajo alternativa de apelación contra el Auto de 31 de mayo de 2003, que dispone el desapoderamiento del inmueble, recursos que se reitera no han sido resueltos, por lo que es de inexcusable aplicación el art. 96-3) LTC citado
- APROBAR